Elección C.A.P. 2020 - Orden docente

El Profesor Consejero es elegido por los alumnos de cada grupo en forma anual. Según el Reglamento de Evaluación y Pasaje de Grado, "la función del Profesor Consejero será la de un orientador del grupo. Prevendrá sus faltas, estimular su desarrollo y maduración, y promoverá las acciones positivas individuales y grupales. Será el nexo entre el grupo a su cargo, el Adscripto y el Equipo de Dirección. Oficiará como asesor ante el Consejo Asesor Pedagógico en los casos que corresponda".

Por otro lado el Consejo Asesor Pedagógico (CAP) es un órgano que se renueva anualmente y que está constituído por tres docentes, uno elegido por los estudiantes, otro por el cuerpo de profesores y otro por el Equipo Directivo. Sus funciones, fijadas por el Estatuto del Estudiante de Educación media, son:

a) Actuar como órgano de consulta y opinión de la Dirección sobre aspectos del comportamiento de los educandos.

b) Proponer a la Dirección las medidas que estime pertinentes, sean de carácter preventivo, de valoración del comportamiento o correctivas según lo previsto en el Estatuto.

c) Realizar un seguimiento de los educandos, cuando corresponda, con un objetivo pedagógico y formativo.

d) Reconocer expresamente la actuación de los educandos que se hayan destacado por su escolaridad dentro y fuera del contexto del respectivo centro o por una conducta humana ejemplar.

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